¿Qué se requiere para habilitar una IPS?

Guía para Habilitar una IPS en Colombia

13/10/2012

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El proceso de habilitación de una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) es un paso fundamental para operar legalmente y garantizar la calidad y seguridad en la atención a los pacientes en Colombia. Cumplir con la normativa vigente, como la establecida en la Resolución 3100 de 2019, no es solo un requisito legal, sino una demostración del compromiso de la institución con la excelencia y la protección de la salud pública. Este proceso implica la presentación de una serie de documentos y el cumplimiento de estándares específicos que varían según los servicios ofrecidos y las características de la infraestructura.

¿Qué se requiere para habilitar una IPS?
Para inscribir y/o habilitar los servicios, presente los siguientes documentos: * Documento que certifique que realizó la autoevaluación y cumple con los criterios establecidos en la Resolución 3100 de 2019. * Formulario de Inscripción o de Novedades, debidamente diligenciado (impreso).

La habilitación es un procedimiento que asegura que las IPS cumplen con las condiciones necesarias para su funcionamiento, abarcando aspectos administrativos, técnicos, tecnológicos, científicos, de infraestructura y de dotación. Es un proceso dinámico que requiere autoevaluación constante y, en muchos casos, visitas de verificación por parte de las autoridades competentes. A continuación, detallaremos los requisitos clave basados en la información proporcionada, enfocándonos en la documentación necesaria para iniciar este importante trámite.

¿De que hablaremos?

Documentación General Requerida para la Habilitación

Para dar inicio al proceso de inscripción o novedad de una IPS, se debe reunir un conjunto de documentos fundamentales que acreditan la existencia legal de la institución y la idoneidad de sus representantes y recursos financieros. Estos documentos son la base sobre la cual se evalúa la capacidad de la IPS para operar.

  • Certificado de existencia y representación legal: Este documento, expedido por la autoridad competente (como la Cámara de Comercio), debe tener una vigencia no superior a 30 días a la fecha de la solicitud. Acredita la personería jurídica de la IPS y quién es su representante legal.
  • Formulario de Inscripción o de Novedades: Esencial para el trámite. Debe ser diligenciado directamente en la plataforma designada por el Ministerio de Salud. La información debe ser completa, sin tachones ni enmendaduras, y debe incluir todos los servicios que la IPS ofrece de manera permanente, con su código, modalidad y complejidad. Este formulario debe imprimirse completo en original y copia, aunque no se requiere impresión a color.
  • Copia del documento de identificación del representante legal: Para verificar la identidad de la persona que legalmente representa a la IPS y firma el formulario.
  • Certificación de suficiencia patrimonial y financiera: Este certificado, emitido por un revisor fiscal o contador público, según corresponda, demuestra la capacidad económica de la IPS para soportar su operación y garantizar la prestación de servicios. Es un indicativo de la solidez financiera.
  • Copia impresa de la tarjeta profesional del contador y/o revisor fiscal: Acredita que el profesional que emitió la certificación de suficiencia patrimonial y financiera está debidamente habilitado para ejercer su profesión.
  • Copia impresa del RUT (Registro Único Tributario): Identifica a la IPS ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y valida su actividad económica principal relacionada con la prestación de servicios de salud.

Es crucial que todos estos documentos estén completos y vigentes al momento de la solicitud para evitar retrasos o rechazos en el trámite de inscripción.

Requisitos de Infraestructura y Edificación

La infraestructura física de la IPS es un componente crítico en el proceso de habilitación, ya que debe cumplir con estándares de seguridad y funcionalidad que protejan tanto a pacientes como al personal. Los requisitos varían dependiendo de la fecha de construcción o modificación del edificio y los servicios específicos que se presten.

  • Copia impresa de la licencia de construcción: Este requisito aplica a edificaciones construidas, ampliadas o remodeladas después del 2 de diciembre de 1996. Garantiza que la construcción cumple con las normas urbanísticas y de construcción vigentes. Si la IPS se ubica en una edificación de uso mixto construida o modificada después de esta fecha, se requerirá adicionalmente el permiso de la propiedad horizontal para el uso de servicios de salud.
  • Copia impresa del certificado de seguridad de la edificación: Documento que avala que la estructura cumple con las condiciones de seguridad necesarias para albergar una institución de salud.
  • Copia impresa del estudio de vulnerabilidad estructural: Este estudio es exigible solo para prestadores que ofrecen servicios de urgencias, cirugía, o unidades de cuidado intensivo (neonatal, pediátrico, adulto) y que funcionan en edificaciones construidas antes de 2010. Se basa en la Norma Sismo Resistente (NSR 10) y evalúa la capacidad de la estructura para resistir eventos sísmicos, vital para servicios críticos.
  • Copia impresa del plan hospitalario para emergencias: Un plan detallado sobre cómo responder ante situaciones de emergencia (incendios, sismos, etc.) dentro de la IPS, asegurando la seguridad de pacientes y personal.
  • Copia impresa del plan de mantenimiento de la planta física: Describe las actividades programadas para asegurar el buen estado y funcionamiento de la infraestructura y el equipamiento fijo de la IPS.
  • Copia impresa del certificado de conformidad de las instalaciones eléctricas: Los requisitos para este certificado dependen de la fecha de construcción de la edificación.
    • Para edificaciones construidas antes de mayo de 2005: Se requiere una certificación de un profesional competente que indique que las instalaciones eléctricas no representan un alto riesgo para la salud, la vida o el medio ambiente. Adicionalmente, se debe presentar un plan de ajustes si es necesario.
    • Para edificaciones construidas después de mayo de 2005, o edificaciones adaptadas: Se exige una certificación expedida por un organismo de inspección acreditado por la ONAC (Organismo Nacional de Acreditación de Colombia).

Estos requisitos de infraestructura subrayan la importancia de la seguridad física y la preparación ante emergencias para una IPS.

Requisitos Específicos Según el Tipo de Servicio

Algunos servicios de salud presentan requisitos adicionales debido a su naturaleza particular o al equipamiento especializado que utilizan. Es fundamental conocer estos requisitos si la IPS planea ofrecer alguno de estos servicios.

Servicios de Transporte Asistencial (Ambulancias) o Atención Prehospitalaria

Si la IPS incluye en su oferta servicios de transporte asistencial básico (TAB) o medicalizado (TAM), o atención prehospitalaria (APH), debe anexar documentación específica relacionada con los vehículos:

  • Copia impresa de la tarjeta de propiedad de los vehículos: O documento equivalente. Si los vehículos no están a nombre del representante legal de la IPS, se debe anexar un documento del propietario autorizando su uso como parte de la capacidad instalada del servicio.
  • Copia impresa del certificado de revisión técnico - mecánica: O documento equivalente, si aplica según la normativa vigente. El período de vigencia para ambulancias es de un año. Si el vehículo es del año vigente, no se requiere este certificado inicialmente.

Asegurar que los vehículos cumplen con la normativa de tránsito y las condiciones técnico-mecánicas es vital para la seguridad del paciente durante el traslado.

Servicios con Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes

Para IPS que utilicen equipos de radiaciones ionizantes (como rayos X) en los servicios que desean habilitar, se requiere:

  • Copia impresa de la licencia de práctica médica vigente de los equipos: Esta licencia debe ser expedida por la secretaría de salud departamental o distrital correspondiente, o la entidad que tenga la competencia. Es importante destacar que no es válido presentar únicamente el radicado del trámite de solicitud de la licencia; se debe contar con la licencia ya expedida.

Este requisito garantiza que el uso de equipos con potencial riesgo para la salud se realiza bajo estricto control y cumpliendo la normativa de radioprotección.

IPS de Salud Ocupacional

Las IPS enfocadas en salud ocupacional deben presentar un documento que acredite su competencia en este ámbito:

  • Copia de la licencia de seguridad y salud en el trabajo de la institución: Esta licencia certifica que la IPS está autorizada para prestar servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo.

Este requisito específico asegura que las instituciones que evalúan y gestionan riesgos laborales cuentan con la acreditación necesaria.

Consulta de Medicina Alternativa o Terapias Alternativas

Para habilitar servicios de medicina alternativa o terapias alternativas, la IPS debe demostrar la cualificación del profesional que presta el servicio:

  • Diploma y pensum académico: Expedido por una institución de educación superior legalmente reconocida por el Estado. Estos documentos deben ser acordes con el servicio específico de medicina o terapia alternativa que se pretende habilitar.

Este requisito valida la formación académica de los profesionales en estas áreas especializadas de la salud.

Consideraciones Importantes y Proceso de Radicación

Además de la documentación, existen aspectos procedimentales y consideraciones clave al realizar el trámite de habilitación, especialmente si se realiza en una entidad territorial específica como la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá (Carrera 32 # 12 - 81, primer piso del Edificio Administrativo).

Es fundamental revisar los requisitos específicos actualizados en los enlaces proporcionados por la autoridad de salud, referenciando la Resolución 3100 de 2019 tanto para inscripción como para novedades.

El diligenciamiento del formulario debe hacerse exclusivamente en el enlace dispuesto por el Ministerio de Salud; no se aceptan formularios diligenciados a mano. Durante este proceso, es vital prestar atención a los menús desplegables y celdas bloqueadas en el formulario electrónico, diseñados para guiar al usuario y asegurar la correcta selección de opciones como modalidades y complejidades de los servicios.

La declaración de servicios en el formulario debe limitarse a aquellos que se ofertan de manera permanente. Los servicios ofrecidos esporádicamente no deben declararse en el formulario de habilitación, pero se debe informar por escrito a la Secretaría de Salud para que se programe una visita de verificación específica para esos servicios.

Una advertencia importante es que si la IPS no cumple con las condiciones para habilitarse, no puede prestar los servicios que desea ofertar y, por lo tanto, no debe proceder con la solicitud de habilitación hasta que cumpla con todos los requisitos.

El formulario de inscripción debe estar firmado por el representante legal de la institución o por el profesional independiente que presta directamente el servicio, indicando su número de identificación. Solo se inscriben las sedes asistenciales ubicadas dentro de la jurisdicción de la entidad de salud donde se realiza el trámite (en el caso de Bogotá, solo sedes en Bogotá).

Los documentos de Autoevaluación y los Formularios de Inscripción y/o Novedades no deben ser modificados en su estructura o contenido original.

Si se realiza una novedad de cambio de nomenclatura (dirección), se debe anexar la certificación de catastro donde conste la dirección anterior al cambio.

La presentación del formulario, ya sea de inscripción o novedad, debe ser impecable: sin tachones, borrones ni enmendaduras, completamente diligenciado en la plataforma del REPS (Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud) y con la firma requerida.

Tabla Resumen de Documentos y Condiciones

DocumentoCondición/Nota
Certificado de existencia y representación legalVigencia no superior a 30 días.
Formulario de Inscripción/NovedadesDiligenciado en línea, impreso (original y copia), firmado.
Copia documento identificación representante legalRequerido.
Certificación suficiencia patrimonial y financieraEmitida por revisor fiscal o contador.
Copia tarjeta profesional contador/revisor fiscalRequerido.
Copia RUTRequerido.
Copia licencia de construcciónEdificaciones construidas/ampliadas/remodeladas post-dic 1996. Permiso Propiedad Horizontal si es uso mixto.
Copia certificado seguridad edificaciónRequerido.
Copia estudio vulnerabilidad estructuralSolo para urgencias, cirugía, UCI en edificaciones pre-2010.
Copia plan hospitalario para emergenciasRequerido.
Copia plan mantenimiento planta físicaIncluye equipamiento fijo.
Copia certificado instalaciones eléctricasVaría según fecha de construcción (pre/post mayo 2005).
Copia tarjeta propiedad vehículosPara transporte asistencial/APH. Autorización si no es del representante legal.
Copia revisión técnico-mecánicaPara transporte asistencial/APH (excepto vehículos del año vigente). Vigencia anual.
Copia licencia práctica médica (radiaciones)Para servicios con equipos generadores de radiación ionizante. Debe estar vigente.
Copia licencia seguridad y salud en el trabajoPara IPS de salud ocupacional.
Diploma y pensum académicoPara consulta de medicina/terapias alternativas. De institución reconocida.

Preguntas Frecuentes sobre la Habilitación de IPS

A continuación, abordamos algunas preguntas comunes que pueden surgir durante el proceso de habilitación, basadas en la información proporcionada:

¿Puedo radicar el Formulario de Inscripción diligenciado a mano?

No. El formulario debe ser diligenciado obligatoriamente en la plataforma en línea dispuesta por el Ministerio de Salud y luego impreso para su radicación.

¿Qué hago si mi edificación es antigua y ofrezco servicios como urgencias?

Si tu IPS funciona en una edificación construida antes de 2010 y ofrece servicios como urgencias, cirugía o UCI, debes presentar un estudio de vulnerabilidad estructural basado en la NSR 10.

¿La revisión técnico-mecánica de las ambulancias tiene alguna vigencia especial?

Sí, el período de vigencia o validez de la revisión técnico-mecánica para ambulancias es de un año.

¿Qué sucede si ofrezco un servicio de manera ocasional? ¿Debo habilitarlo?

Los servicios que se ofertan de manera esporádica no deben declararse en el formulario de habilitación. Sin embargo, debes informar este hecho por escrito a la Secretaría de Salud para que se realice una visita de verificación específica para ese servicio.

Si la licencia de práctica médica para equipos de radiación está en trámite, ¿puedo presentar el radicado?

No. La información proporcionada indica claramente que no es válido presentar el radicado del trámite de solicitud. Se requiere la copia impresa de la licencia de práctica médica vigente.

¿Esta guía aplica para habilitar una IPS en cualquier ciudad de Colombia?

La información sobre la radicación de documentos (ubicación física y digiturno) se refiere específicamente a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá. Si bien los requisitos documentales generales suelen basarse en la Resolución 3100 de 2019, es posible que existan particularidades en el proceso o puntos de radicación en otras entidades territoriales. Siempre se recomienda verificar los requisitos específicos con la secretaría de salud correspondiente a la jurisdicción donde se ubicará la IPS.

¿Puedo modificar el contenido de los documentos de Autoevaluación o el Formulario de Inscripción?

No. El contenido de los documentos de Autoevaluación y los Formularios de Inscripción y/o Novedades no deben modificarse.

Conclusión

La habilitación de una IPS es un proceso riguroso que exige atención al detalle y el cumplimiento estricto de la normativa. La recopilación y presentación correcta de la documentación, junto con la adecuación de la infraestructura y los procesos a los estándares definidos por la Resolución 3100 de 2019, son pasos indispensables. Prepararse adecuadamente, revisar los requisitos específicos según los servicios a ofrecer y la ubicación (considerando las particularidades de entidades como la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá) facilitará el trámite y permitirá a la institución operar legalmente, brindando servicios de salud de calidad y seguros a la comunidad.

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